El Organismo Público Descentralizado de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Amecameca (OPDAAS) es la entidad que concentra, desde hace tres décadas, el control operativo y de cobro del agua potable, el drenaje y el saneamiento en este municipio del Estado de México. En julio de 2025, el cabildo encabezado por la presidenta municipal Ivette Topete García validó una actualización de su reglamento interno, que redefine la estructura del Consejo Directivo y las atribuciones del organismo frente a la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.
Qué es el OPDAAS y de dónde viene
El OPDAAS es, según el propio Ayuntamiento, un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como autonomía técnica y administrativa en el manejo de sus recursos, además de ser autoridad fiscal encargada de los asuntos que le encomienda la Ley del Agua del Estado de México.1
El organismo no nació con la administración actual: de acuerdo con su manual de organización, inició operaciones en 1995, siendo gobernador César Camacho Quiroz, y formalizó su funcionamiento como organismo descentralizado hasta el año 2001.2
En la práctica, el OPDAAS es la única instancia facultada para cobrar el servicio de agua potable y drenaje en el municipio: cualquier trámite de factibilidad, cambio de propietario o certificado de no adeudo debe gestionarse directamente ante sus oficinas en Plaza de la Constitución No. 1, en el centro de Amecameca.3
Lo que hay que saber del OPDAAS
- Naturaleza jurídica
Es un organismo público descentralizado con patrimonio propio y autoridad fiscal, regulado por la Ley del Agua del Estado de México y Municipios.
- Origen
Inició operaciones en 1995 y se constituyó formalmente como organismo descentralizado en 2001.
- Función de cobro
Es el único organismo autorizado para cobrar el servicio de agua potable y drenaje en Amecameca.
Reglamento validado en julio de 2025
El 11 de julio de 2025, en el Palacio Municipal de Amecameca, los integrantes del Ayuntamiento Constitucional 2025-2027 firmaron el acta que valida el nuevo reglamento del OPDAAS, presentado en cumplimiento del artículo 91, fracción V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.4
El documento fue rubricado por la presidenta municipal Ivette Topete García, el síndico municipal Roberto Estrada Ibáñez, y regidores del cabildo, entre ellos Andrea Meneses Castro, Benjamín Martínez Venegas y Adela Romo Medina.4
El reglamento establece que el Consejo Directivo del OPDAAS debe reunirse por convocatoria al menos una vez cada dos meses, y que sus acuerdos se toman por mayoría de votos, con voto de calidad para quien presida el consejo.4
La estructura del Consejo incluye, además del presidente y un representante del Ayuntamiento, a un representante de la Comisión de Agua del Estado de México, un comisario designado por el cabildo y tres vocales ajenos a la administración del organismo, propuestos por organizaciones vecinales, comerciales o industriales.4

Mantenimiento reciente en el sistema El Salto
Días antes de la validación del reglamento, el OPDAAS reportó trabajos de limpieza y mantenimiento en la caja de agua del sistema conocido como "El Salto", uno de los puntos de la infraestructura hidráulica municipal.5
Según el comunicado oficial del Ayuntamiento, la intervención buscó asegurar un suministro de agua más limpio, seguro y eficiente para los habitantes del municipio, como parte de las labores de gestión del recurso hídrico de la actual administración.5
El agua es vida, y su cuidado es tarea de todos
Ivette Topete, presidenta municipal de Amecameca

Trámites y atención a usuarios
Para la población, el contacto con el OPDAAS ocurre principalmente a través de trámites como la factibilidad de servicios para conexión de agua o drenaje, el dictamen de factibilidad de agua potable y drenaje, la solicitud de pipa de agua y la destapación de tomas domiciliarias, todos gestionables en sus oficinas de Plaza de la Constitución.6
El propio organismo advierte que los documentos específicos requeridos para cada trámite —como cambio de propietario o certificado de no adeudo— no siempre están publicados en el portal oficial, por lo que recomienda consultar directamente antes de acudir a sus oficinas.3
- Pipa de agua
- Factibilidad de servicios para conexión de agua o drenaje
- Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje
- Destape de toma de agua domiciliaria
- Destape de descarga sanitaria domiciliaria














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